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Artículo · Derecho Previsional

Ganancias sobre jubilaciones:
lo que el Estado ya no puede negar

El propio Estado admite que la doctrina García es indestructible —y que seguir peleando contra ella le sale caro. Pero quien no inicia juicio, sigue pagando.

Dr. Claudio Battioli
Dr. Claudio Battioli · ArsIuris
Abogado · Socio fundador de ArsIuris
Junio de 2026

Más de 130.000 jubilados argentinos ven desaparecer cada mes hasta el 30% de su haber en concepto de Impuesto a las Ganancias. La Corte Suprema lleva más de siete años diciéndole al Estado que esa retención es inconstitucional. En mayo de 2026, el propio Estado lo admitió.

Un impuesto que nunca debió aplicarse a los jubilados

La Ley de Ganancias fue concebida para gravar rentas del trabajo activo. Incluir las jubilaciones fue —y sigue siendo— un error jurídico de origen: la jubilación no es una renta nueva, sino la devolución diferida de aportes ya realizados sobre salarios que ya tributaron. Gravar ese ingreso implica una doble imposición sobre el mismo hecho económico, que recae sobre quienes menos pueden absorberla. Desnaturaliza el objetivo del sistema previsional: garantizar que el adulto mayor cubra sus necesidades esenciales con dignidad.

El fallo García: la Corte le dijo «no» al Estado

En 2019, la Corte Suprema declaró inconstitucional la retención sobre la jubilación de María Isabel García, una jubilada de 79 años. El voto fue 4 a 1:

«la sola capacidad contributiva como parámetro para el establecimiento de tributos a los jubilados, pensionados, retirados o subsidiados, resulta insuficiente si no se pondera la vulnerabilidad vital del colectivo concernido.»

CSJN, «García, María Isabel c/ AFIP s/ acción meramente declarativa de inconstitucionalidad», 26/3/2019. Mayoría: Lorenzetti, Highton, Maqueda, Rosatti.

Desde entonces, la Corte reiteró ese criterio en más de una docena de expedientes: «Godoy», «Piccoli», «Alazraki», «Luna», «Castro», «Cantu». ARCA acumuló derrota tras derrota —y siguió apelando de todas formas, hasta mayo de 2026.

La deuda pendiente del gobierno del Dr. Javier Milei

El gobierno nacional llegó al poder con una agenda explícita de reducción de la presión tributaria. Esa plataforma generó una expectativa razonable entre los jubilados: si hay un impuesto que la Corte Suprema declaró inconstitucional hace siete años, ese debería ser el primero en caer. No ocurrió. El Congreso no legisló —como la Corte lo exigió expresamente en el fallo García— y el Ejecutivo no envió ningún proyecto que resuelva la cuestión de fondo. Los 130.000 jubilados que hoy tributan Ganancias sobre sus haberes siguen haciéndolo. La reducción de impuestos tiene lista de espera, y los jubilados están al final.

El propio Estado lo admite

En mayo de 2026, ARCA emitió la Instrucción General 4/2026 y ordenó a sus abogados dejar de apelar estas causas y desistir de los recursos ya presentados. No lo hizo por convicción jurídica: lo hizo porque seguir litigando le genera «mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional». El Estado reconoce que la doctrina García es indestructible —y que pelearse con ella le sale caro.

Qué cambia con la Instrucción 4/2026

Esta instrucción no exime a ningún jubilado del impuesto. No modifica la ley. Quien no tiene un juicio iniciado sigue pagando Ganancias sobre su haber exactamente igual que antes.

Lo que sí cambia es que los tiempos de resolución de estos reclamos se acortaron drásticamente, de manera que es posible recuperar rápidamente lo que le descontaron en los últimos 5 años, con intereses.

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El derecho existe. La jurisprudencia es sólida. Y el propio Estado ya admite que no puede ganar estos juicios. Lo que falta es dar el primer paso y que cada jubilado afectado inicie su reclamo judicial.

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Dr. Claudio Battioli
Autor
Dr. Claudio Battioli
Abogado · Socio fundador de ArsIuris

Especialista en Legal Tech, Sucesiones, desarrollo de sistemas y liderazgo de proyectos. Acompaña a jubilados y pensionados en la recuperación de haberes indebidamente retenidos en concepto de Impuesto a las Ganancias, con fundamento en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.